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Hacienda busca viviendas para otro catastrazo

El Catastro ha enviado ya a los propietarios de chalets y viviendas de más de 1.000 municipios una carta en la que les comunica la apertura de un expediente, que conlleva el pago obligatorio de 60 euros, por no haber declarado alteraciones en la construcción que suponen ampliaciones del inmueble

  • Catastro

Hasta 2016 más de tres millones de hogares recibirán esta comunicación. Esta regularización catastral, que entró en vigor de forma extraordinaria en 2013 y que se extenderá hasta 2016 para conformar una imagen fiel de la situación de los inmuebles, supone un aumento de la recaudación para los ayuntamientos ya que se incrementa el valor de la construcción, al detectar más metros de los que figuran en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

 

Por tanto, varía al alza la cuota a pagar del único impuesto cuya recaudación ha crecido exponencialmente durante la crisis y que representa más del 45% de todos los ingresos que obtienen las corporaciones. Los ayuntamientos son las únicas administraciones públicas que registran superávits en sus cuentas precisamente por el alza de este impuesto. Además, los municipios podrán exigir el pago de la parte proporcional que resulte con el nuevo valor catastral de los últimos cuatro años, los anteriores se consideran prescritos, más los correspondientes intereses de demora.

 

Este cambio también modifica la imputación de rentas en el IRPF de las viviendas no habituales ya que los contribuyentes tributan entre el 1% y el 2,1% del valor catastral de estos inmuebles y que ahora se eleva. También afecta al pago del impuesto sobre plusvalías (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) que está vinculado al valor catastral y que se aplica cuando se produce la venta de una propiedad.

 

En concreto, mediante el uso de fotos aéreas, este organismo de Hacienda está incrementando las nuevas superficies construidas, cuya existencia física comprueba, y legaliza las alteraciones o cambios de usos de los inmuebles que figuran en las ponencias catastrales. Se trata de las reformas más habituales en los domicilios y no comunicadas, pero conocidas por los ayuntamientos porque han otorgado las licencias de obras, así como de aquellas que se han ocultado con intención de defraudar como, por ejemplo, construir una casa en un terreno no urbano.

 

En la mayoría de los casos, se trata de piscinas, trasteros, casetas, balcones y terrazas que se han cerrado, ampliaciones de las casas para ganar unos metros al jardín o garajes construidos en la parcela. También figuran terrazas en áticos que se han convertido en vivienda. La Ley del Catastro Inmobiliario señala que cualquier alteración debe ser comunicada en un plazo de dos meses después de su realización. En este sentido, si al acometer las obras, el contribuyente solicita una licencia al ayuntamiento, éste debería haberse encargado de informar por escrito al Catastro para ampliar el valor catastral y la recaudación por el IBI.

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